Condiciones
1) Las
colaboraciones, sean del tipo que sean, deberán ser
originales (ya sea material textual, gráficos, dibujos,
logos, etc). En caso contrario se aplicará el artículo
2º.
2) Las
colaboraciones que no sean originales, deberán indicar
claramente la fuente original, a fin de que pueda ser contrastada
y tomadas las medidas oportunas para no incurrir en delitos
contra la propiedad intelectual.
3) El envío
de cualquier material original o no, se hará a título
exclusivamente gratuito y sin ánimo de lucro de ningún
tipo.
4) El material original
deberá ser acompañado de una nota explicativa que
indique si ha sido publicado anteriormente y, en su caso, dónde
(publicación, revista, apuntes de clase, etc).
5) Se cuidará expresamente
el verter opiniones o valoraciones sobre personas e instituciones.
En este caso, sólo se aceptará material sobre temas
científicos, teorías, libros o publicaciones. El
autor intentará ser lo más objetivo posible, indicando
claramente que lo expuesto son opiniones del autor. Este tipo
de colaboraciones deberán publicarse bajo una firma concreta,
siendo el autor responsable de las opiniones expuestas. El Paraíso
de las Matemáticas no se hará responsable de las
opiniones de los colaboradores.
6) No se
admitirá ningún material cuyo contenido tenga
fines publicitarios.
7) Salvo indicación
expresa en contra del autor, o acuerdo posterior en tal sentido,
las colaboraciones se publicarán siempre con un pie
de página indicando su autor original. Para material
libre, se indicara autor original y autor de la versión
cedida.
8) El material
enviado como original sin licencia deberá ser respetado
"tal cual" en su publicación en el Paraíso,
sin que pueda ser unilateralmente modificado por el webmaster
o el consejo de publicación, a excepción de cuestiones
estrictamente "formales o estéticas". Cualquier
modificación, de otra índole deberá ser negociada
entre el autor y el consejo de redacción de las páginas.
9) Las colaboraciones
pueden ser de varios tipos: habituales (aportar cualquier
tipo de material, gestiones, coordinaciones etc); esporádicas
(igual que el punto anterior) o puntuales ( simplemente
la cesión de algún tipo de material una sola vez
o cada cierto periodo de tiempo, sin obligación de más
colaboración). En cualquiera de los casos, se indicará
nombre del autor, dirección de correo electrónico
de contacto, URL, población y país.
Preámbulos
Necesitamos
que nos especifiques lo que tú, como autor (y por tanto,
titular del copyright salvo que
lo hubieras cedido), nos permitirás hacer con tu obra. Es
lo que se llama la 'licencia'. En ningún caso la licencia
implica renunciar a tu copyright: sólo establece ciertos
derechos de uso. Al mantener tú el copyright, puedes distribuir tu
obra más tarde con cualquier otra licencia. La que incluyas
en la versión que nos envíes sólo afectará a
ese fichero y nadie más que el titular del copyright
puede cambiar la licencia. Hay tantas licencias posibles como autores,
pero lo único que nos es imprescindible es tu permiso para
publicarlo en el Paraíso de aquí en adelante.
Licencias de uso y distribución
Las colaboraciones
pueden ser cedidas exclusivamente para su distribución
a través de la página web del Paraíso de las
Matemáticas a terceras personas para uso personal y privado,
sin permitir a terceros la reproducción total o parcial del
documento, ni la transmisión de ninguna forma o por cualquier
medio, ya sea electrónico, mecánico, por fotocopia,
por registro u otros métodos, sin el permiso previo y por
escrito de los titulares. El envío de cualquier material
sin licencia, supondrá implícita la autorización
de su publicación.
Si la anterior
opción no te interesa, nada impide que crees tu propia licencia,
aunque usar una Licencia de Documentación Libre común
permite la composición de varios documentos de autores separados
en uno sólo, además de que licencias como la FDL
se aseguran de que se mantengan los nombres de todos los autores
originales en el documento resultante. Para el material distribuido
bajo Licencia de Documentación Libre, su uso tanto
por el Paraíso como por terceras personas, se limita al permitido
por la licencia incluida en el documento.
Licencias para Documentación
Libre
En este apartado
nombraremos dos tipos de Licencias para Documentación Libre.
Si lo que quieres es hacer que tu documento sea 'libre',
te recomendamos la primera opción (Free Documentation
License).
a) Free
Documentation Licence [Licencia para Documentación
Libre] del proyecto GNU.
Puedes ver
la Licencia Free Documentation Licence
v1.1 en los siguientes
enlaces: Traducción
al Español - Original
en Inglés. No hay que realizar ningún tipo
de petición de registro del documento en ningún
organismo, tan sólo has de incluir la licencia en él,
tal y como te explicamos en la sección 'como
aplicarla a tus documentos'.
Del preámbulo
de la Licencia: "El propósito de esta Licencia es
hacer un manual, libro de texto, u otro documento escrito 'libre'
en el sentido de libertad [En inglés 'free' puede significar
también 'gratis'], para asegurar a todos la libertad efectiva
para copiarlo y redistribuirlo, con y sin modificaciones, comercialmente
o no. En segundo lugar, esta Licencia mantiene para el autor
y editor una forma de obtener el reconocimiento por su obra,
sin por ello ser considerado responsable de las modificaciones
hechas por otros."
Es el equivalente,
para documentación, de la licencia
GPL, que tan buen resultado ha dado con el sistema operativo
GNU/Linux
y sus programas.
b) Open
Publication License
Puedes ver
la Licencia Open Publication License v1.0 en
los enlaces:
Traducción al Español
- Original en Inglés.
No hay que realizar ningún tipo de petición de
registro del documento en ningún organismo, tan sólo
has de incluir la licencia en él, tal y como te explicamos
en la sección 'como
aplicarla a tus documentos'.
Esta licencia
puede ser ser usada como Licencia para Documentación
Libre si no hacemos uso de las opciones A y B aparecidas
en la licencia. En el caso de licenciar tu documento bajo
esta opción, puedes optar por hacer uso o no de estas opciones,
teniendo en cuenta que la aparición de ellas en la licencia
implicará que tu documento no sea libre bajo ciertos
aspectos. Para más referencia lee la licencia.
Nombrar también
que esta licencia no es la misma que la Open Content License.
Las dos licencias son usualmente confundidas, ya que esta última
se denota habitualmente como 'OPL'. Para más claridad,
es mejor no usar la abreviatura. Si pones el nombre completo,
todo el mundo entenderá a la licencia que te refieres.
Licencias. Ventajas e Inconvenientes
Licencia |
Ventajas |
Inconvenientes |
Cesión
exclusiva
al Paraíso |
Permite
fácilmente la explotación comercial del material por el autor
original.
Si
no quieres que nadie se haga rico con tu material, la distribución
por el Paraíso lleva implícito que nadie más que tu (por
tu propios medios y no gracias al Paraíso) podrá obtener
beneficio monetario alguno por tu material. |
Impide
la redistribución, por terceras personas sin autorización del
autor o que otras personas añadan su propio material o correcciones
al documento.
La
distribución por el Paraíso, se realizará sin
animo de lucro ni beneficio monetario alguno. |
Free
Documentation
Licence |
Cualquiera
que encuentre un error puede corregirlo inmediatamente.
La
documentación puede ser actualizada y ampliada sin necesidad
de comunicar con el autor. |
La
libertad de acceso limita el beneficio comercial que se pudiera
obtener de un acuerdo exclusivo de publicación con una editorial. |
Open
Publication
License |
Si
no se hace uso de las opciones A y B de la licencia, cualquiera
que encuentre un error puede corregirlo. La documentación puede
ser actualizada y ampliada sin necesidad de comunicar con el
autor. |
Sin
las opciones A y B, la libertad de acceso, limita el beneficio
comercial que se pudiera obtener de un acuerdo exclusivo de
publicación con una editorial.
Si
se hace uso de las opciones A y B, el documento no será del
todo libre. |
Formulario de Colaboración
El envío
de este formulario no implica la inserción de tus datos en ninguna
sección del Paraíso. Sólo se publicarán en la sección
colaboradores / agradecimientos y en la secciones en que se haya
trabajado, los datos de aquellas personas que hayan colaborado
de algún modo. Ten en cuenta que colaborar con una página web altruistamente
es una tarea que requiere dedicarle algo de tiempo y sacrificio.
Se consecuente con tus actos y con el envío de este formulario.
Si crees que no serás capaz de colaborar, piénsatelo dos veces
;), o cambia el tipo de colaboración a 'cesión de material'.
Los campos señalados con * son obligatorios. Cualquier formulario
con estos campos sin rellenar será omitido. No se admiten colaboraciones
anónimas. Muchas Gracias.
Información
sobre derechos de autor (copyright)
Derechos de autor en España
Los
derechos de autor se regulan por el Tratado
de Berna, de la Organización
Mundial de la Propiedad Intelectual, ampliado por la Directiva
93/98/CEE del Consejo de las Comunidades Europeas (llamado desde
1994 Consejo
de la Unión Europea). También hay un nuevo acuerdo
que amplía algunos puntos.
El
concepto de copyright es muy reciente. Su historia
no tiene más de 300 años, y en contra de lo que nos
quieren hacer creer los grandes grupos editoriales, no es algo inamovible
ni un derecho natural, sino una cesión temporal de ciertos
derechos de los ciudadanos para incentivar la creación artística
e intelectual. En cualquier caso, su finalidad es incentivar la
difusión de las creaciones, no asegurar los beneficios de
las editoriales.
Más información
de interés sobre derechos de autor
La
reproducción parcial de textos e imágenes de un documento,
se acoge al artículo 32 del Real Decreto Legislativo 1/1996,
de 12 de Abril (B.O.E. número 97, de 22 de Abril) con las
modificaciones dadas al mismo por la Ley 5/1998 de 6 de Marzo (B.O.E.
número 57, de 7 de Marzo) y la Ley 1/2000 de 7 de Enero (B.O.E.
número 7 de 8 de Enero), cuyo texto dice:
Es
lícita la inclusión en una obra propia de
fragmentos de otras ajenas de naturaleza escrita, sonora o audiovisual,
así como la de obras aisladas de carácter plástico,
fotográfico figurativo o análogo, siempre que se trate
de obras ya divulgadas y su inclusión se realice a
título de cita o para su análisis, comentario
o juicio crítico. Tal utilización sólo
podrá realizarse con fines docentes o de investigación,
en la medida justificada por el fin de esa incorporación
e indicando la fuente y el nombre del autor de la obra utilizada. |